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¿Sabes cómo se configura el delito de fraude?


Argumentando
Por Francisco Hurtado | 15 Octubre, 2026 | 07:36 h
Opinión
¿Sabes cómo se configura el delito de fraude?

En los negocios, la confianza es el principal y si no el elemento más importante que debe existir entre los participantes; como ejemplo en la compra de bienes, prestar dinero o celebrar acuerdos entre otros; sin embargo, pues la confianza puede convertirse en una oportunidad para quienes buscan obtener un beneficio personal o grupal, principalmente económico mediante engaños, pues a esta figura se le conoce como fraude.

En el estado de Morelos, el delito de fraude se encuentra previsto en el artículo 188 del Código Penal para el Estado de Morelos; este precepto establece que, comete este delito quien obtiene ilícitamente una cosa o consiga un beneficio indebido, para sí mismo o para otra persona a través del engaño o aprovechándose del error en el que alguien se encuentra.

Lo anterior significa que, el fraude no se limita a entregar sólo dinero a cambio de una promesa que nunca se cumple, pues puede presentarse también como ejemplo, cuando una persona vende un vehículo del que no es propietario, ni representante, solicita anticipos con información falsa o utiliza documentos engañosos para conseguir que alguien entregue sus bienes o recursos económicos. En estos supuestos, se debe analizar si existió un engaño o el aprovechamiento de un error para obtener ilícitamente el beneficio.

Asimismo, el artículo 188 de la legislación multicitada contempla sanciones para quien cometa el delito referido, las cuales varían según el valor de lo defraudado; siendo la penalidad más baja de treinta a ciento veinte días de trabajo en favor de la comunidad y de veinte a noventa días multa, cuando el valor de lo defraudado no exceda de cincuenta veces el salario mínimo, o no sea posible determinar su valor; o bien de cuatro años seis meses a once años de prisión y de cuatrocientos cincuenta a seiscientos cincuenta días multa, cuando el valor de lo dispuesto exceda de setecientas veces el salario mínimo.

Frente a la comisión de este usual delito, la prevención desempeña un papel esencial, pues verificar la identidad de quienes ofrecen bienes o servicios, revisar los documentos antes de firmar, conservar comprobantes de pago y desconfiar de las ofertas que prometen ganancias extraordinarias, pues puede ayudar a reducir los riesgos de ser afectado.

En ese sentido, la comisión del delito de fraude puede causar severas consecuencias económicas; además, las víctimas llegan a enfrentar el impacto emocional que provoca descubrir que han sido engañadas, dañándolos con angustia, frustración y desconfianza hacia otras personas. Por esta razón, el fraude no debe entenderse únicamente como una pérdida económica, sino como una conducta que puede alterar la estabilidad de las familias y deteriorar la confianza necesaria para la convivencia social.

Pero bien, combatir el fraude exige tanto la aplicación de la ley, como una ciudadanía informada, porque la protección del patrimonio comienza con la prevención, pero también requiere que la ciudadanía accione el órgano legal competente y que las autoridades investiguen adecuadamente las denuncias y que en cada caso se analice con objetividad e imparcialidad; toda vez que el propósito no debe ser solamente sancionar a quien engaña, sino proteger a las personas, fortalecer la confianza ciudadana y garantizar que las relaciones económicas se desarrollen con honestidad y seguridad jurídica.

 

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