Un sistema electoral requiere normas claras, desde la perspectiva del derecho constitucional, esa condición permite organizar las elecciones y garantizar el ejercicio de los derechos político-electorales. Sin embargo, su eficacia también depende de la confianza que las instituciones logren generar a partir de su actuación, esa confianza surge cuando las reglas se aplican con objetividad, imparcialidad y apego al orden constitucional. Bajo esa lógica, la confianza puede comprenderse como un elemento que articula los principios rectores del derecho electoral.
La Constitución establece que la función electoral debe desarrollarse conforme a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad. Cada uno responde a una finalidad específica y orienta distintos aspectos electorales, en conjunto, estos principios ofrecen condiciones para reconocer que el aspecto político se desarrolla dentro de un marco jurídico estable.
En este sentido la confianza encuentra sustento en los principios rectores, pues orientan la actuación de las autoridades y proporcionan criterios para los procesos electorales, y es que, cuando las decisiones se adoptan conforme a esos principios, las instituciones fortalecen su credibilidad.
La relación entre confianza y legitimidad adquiere especial relevancia porque la congruencia entre las normas y la actuación de las autoridades favorece la credibilidad de las instituciones.
La legitimidad democrática también guarda una relación estrecha con la aceptación de los resultados electorales, en donde la confianza en el procedimiento permite que esos resultados encuentren respaldo en instituciones que actuaron conforme a los principios constitucionales. Desde esta perspectiva, la confianza constituye un bien institucional que se construye mediante la aplicación constante de los principios.









