Las leyes no nacen en el vacío, son hijas de su tiempo de sus miedos y de sus urgencias. Durante décadas el derecho tuvo una deuda evidente con las mujeres. Violencia normalizada, desigualdad jurídica, y silencios impuestos. Corregir ese rezago no solo fue legítimo fue necesario.
El problema aparece cuando la corrección pierde proporción.
En los últimos años se observa una distorsión preocupante. No en el origen de las leyes de protección, sino en su aplicación y en la manera en que algunos sectores han aprendido a utilizarlas. La misandria, entendida como prejuicio o trato desfavorable hacia los hombres por el solo hecho de serlo, no siempre se expresa en discursos abiertos. Se manifiesta en prácticas, inercias y decisiones automáticas.
Un ejemplo claro se encuentra en los señalamientos por acoso. Denunciar una conducta indebida es un derecho y debe protegerse, pero no todas las conductas tienen la misma gravedad ni todas las denuncias deberían activar de inmediato, el aparato sancionador más severo del Estado. En la práctica basta una acusación inicial para que autoridades o jueces actúen como si se tratara de un delito grave, aun cuando legalmente no lo sea.
Existen casos difundidos donde una discusión verbal o un desacuerdo mínimo deriva en amenazas de denuncia con pleno conocimiento de las consecuencias que eso implica. El ejemplo del taxista es ilustrativo. Sin una grabación o una prueba objetiva el conductor queda a merced del sistema. El proceso se convierte en castigo anticipado.
Detenciones, separaciones inmediatas, afectaciones laborales y daño reputacional ocurren antes de que exista una resolución de fondo. No porque se haya probado una agresión, sino porque se presume la presunción de inocencia se diluye y la ley deja de investigar para empezar a reaccionar por reflejo.
Algo similar ocurre cuando se provocan enfrentamientos bajo la certeza de una protección automática. Frases como “atrévete a tocarme y te meto a la cárcel” no son actos de defensa. Son actos de intimidación. Ninguna persona, hombre o mujer, debería estar retando a otra a la violencia. Golpear a alguien es inaceptable en cualquier circunstancia. Pero amedrentar desde la certeza de una ventaja legal también es una forma de abuso de poder.
Este fenómeno no se limita al ámbito legal. En algunas marchas feministas se han documentado agresiones contra hombres cuyo único rasgo visible es ser hombres. Reporteros, transeúntes, trabajadores que simplemente se encontraban en la zona. Golpear a alguien por lo que representa simbólicamente no es protesta. Es violencia.
Esto no representa a todas las mujeres ni al movimiento feminista en su conjunto. Pero sí revela una deriva peligrosa. Cuando una causa legítima tolera o normaliza la agresión indiscriminada, pierde autoridad moral. La lucha contra la violencia no puede reproducir la misma lógica que denuncia.
En el ámbito familiar, el debate se repite. La llamada Ley Sabina, impulsada para garantizar el pago de pensiones alimenticias, tiene un objetivo legítimo. Proteger a las hijas y los hijos, sin embargo la narrativa pública y algunas interpretaciones políticas han reforzado la idea de que se trata de una ley dirigida exclusivamente contra los hombres. Jurídicamente eso no es correcto.
La obligación alimentaria no depende del género. Depende de quién incumple. Si una madre no paga pensión cuando le corresponde la ley debería aplicarse con el mismo rigor. La pensión alimenticia no es un derecho de hombres o de mujeres, es un derecho de las infancias. Cualquier aplicación selectiva rompe el principio de igualdad ante la ley.
El problema no es la existencia de estas leyes, sino la percepción y en algunos casos la práctica. Cuando el derecho deja de analizar caso por caso y empieza a operar con fórmulas generales basadas en el género, se genera una sensación creciente de vulnerabilidad jurídica. Miedo a formalizar relaciones, miedo a casarse, miedo a que cualquier conflicto derive en consecuencias desproporcionadas.
No es rechazo a la responsabilidad ni nostalgia de privilegios. Es desconfianza en un sistema que parece haber sustituido el análisis individual por automatismos preventivos.
La historia jurídica demuestra que los sistemas que castigan antes de juzgar terminan erosionando su propia legitimidad. No importa si la causa original fue justa, el daño aparece cuando el derecho deja de distinguir conductas y se refugia en categorías amplias.
Hablar de misandria no es negar la violencia contra las mujeres ni cuestionar avances necesarios. Es advertir sobre un exceso que empieza a generar nuevas desigualdades. Cambiar al sujeto vulnerable no corrige el problema de fondo, solo lo desplaza.
La igualdad ante la ley no admite atajos.
O es igualdad, o no lo es.
La ley no debe infundir miedo.
Debe ofrecer certeza.
Todo lo demás, aunque suene bien, termina pasando factura.
#QuéCosa!














