El matrimonio y el derecho a decidir
La historia del matrimonio comenzó con los modos en que las culturas antiguas celebraban y formalizaban la unión de sus reyes y nobles. A menudo se traducía en cambios dinásticos, uniones estratégicas o cambios en la sucesión del poder político, según fuera el caso.
En ese entonces los plebeyos no celebraban ningún matrimonio, pues no era necesario para tener relaciones sexuales o para concebir hijos. En todo caso, podían hacerlo según ceremonias muy simples.
Era frecuente de las uniones de los plebeyos involucraran el intercambio económico: quien recibía la esposa también recibía el control de una dote, perteneciente a la mujer, que podían ser animales, propiedades o un terreno para iniciar una familia productiva y sostenerla; situación que en algunos Estados Mexicanos, sigue latente, puesto que en los pueblos indígenas sigue siendo una de las tradiciones más arraigadas, y que impiden el libre desarrollo de las mujeres, ya que no tienen el derecho a decidir con quién quieren compartir su vida.
Dependiendo de la cultura y la religión, el matrimonio podía ser monogámico (una sola mujer y un solo hombre) o poligámico (varias mujeres para un solo hombre), como en la tradición oriental. Sin embargo dicha situación ha ido cambiando a lo largo del tiempo, puesto que, en la búsqueda del respeto a los derechos de cada individuo, el matrimonio entre igualitarios se volvió una realidad.
A lo largo del tiempo, los requisitos para poder contraer matrimonio se han ido modificando; sin embargo uno de los requisitos que más persiste en algunos Estados de México, lo es padecer de una enfermedad crónica e incurable.
Dicha situación, deviene violatoria de derechos humanos, tal y como lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo anterior al tomar en consideración que el derecho a la salud, no debía entenderse como al derecho a estar sano, sino más bien al disfrute del nivel más alto de saludad tanto física como mental; así mismo sostuvo que el derecho a la salud también involucra el derecho a libre desarrollo.
Como ciudadanos, tenemos el derecho a que nuestra pareja con la que deseemos formar un vínculo matrimonial, nos informe si sufre de alguna enfermedad que crónica e incurable, para entonces poder tomar una decisión de unirnos en matrimonio; sin que dicha situación sea una causal de impedimento para poder contraer matrimonio o bien alguna causal para la nulidad del mismo.
Si bien, dicha situación se ha ido derogando en algunos Código de los Estados de México, no menos cierto es, que el mismo no se ha derogado del todo, y sigue siendo un tema controversial.
*IR