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Ley censura


Argumentando
Por Francisco Hurtado | 19 Junio, 2025
Opinión
Ley censura

La libertad de expresión constituye uno de los derechos más importantes que ostentan las personas, pues el mismo permite difundir, buscar, recibir y compartir información y puntos de vista, sin que exista temor ni represalias por la manifestación de ideas. En ese sentido,  el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, dispone que todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; incluyendo el de no ser molestado a causa de sus opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

En México, este derecho se encuentra consagrado en el artículo 6 de la Constitución Federal, el cual establece que la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público.

No obstante a lo anterior, aún y cuando la libertad de expresión representa uno de los derechos más preciados de las personas, siendo garantizado por los distintos ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales, lo cierto es que, este derecho está a punto de ser arrebatado.

Ello es así, ya que el pasado quince de junio, en el Estado de Puebla fue publicada la reforma al Código Penal, en el cual se tipifica el delito de ciberasedio, mismo que de acuerdo al artículo 480 establece que comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional.

La pena por la comisión de este hecho, va desde los once meses hasta los tres años  de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de s comisión del ilícito.

Esta reforma vulnera lo dispuesto en la carta magna, ya que aun y cuando esta iniciativa fue planteada con el objeto de proteger los datos personales de los ciudadanos, lo cierto es que, ello representa un ataque a la libertad de expresión, pues no solo coarta la libre manifestación de la ideas, sino que también pretende castigar a quien haga uso de este derecho. Y es que al tipificar este delito se pone en riesgo el trabajo informativo, pues abre las puertas a que todo aquel que realice una crítica, emita comentarios puedan causar incomodidad o que incluso realice una investigación periodística, pueda ser sancionado, bajo la premisa de que está causando un daño a la integridad física o emocional de otra persona.

Lo anterior, sin duda representa un peligro inminente, pues de replicarse este delito en todo el país, generaría sin duda alguna que la libertad de expresión sea manejada de acuerdo a los intereses y voluntad de los gobernantes, sepultando con ello la libre manifestación de las ideas, dando paso a una dictadura.

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