La tortura no es algo del pasado, por el contrario, esta conducta continúa siendo uno de los delitos más frecuentes en la actualidad, pero menos sancionados, tanto en el contexto nacional como internacional y que no solo ocurre en tiempos de guerra sino también de paz, pero por ningún motivo debe justificarse.
De acuerdo a la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes; la tortura se define como todo acto por el cual se inflijan intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información, una confesión e incluso castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación.
Por ello, desde 1999 la Organización de las Naciones Unidas (ONU), cuenta con una herramienta para analizar los casos de tortura, siendo este el manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, mejor conocido como “Protocolo de Estambul”. Este instrumento marca la directriz para estar en condiciones de determinar si una persona ha sido sometida a tortura o malos tratos.
La redacción de este manual es producto de un trabajo conjunto entre médicos, forenses, psicólogos, abogados y defensores de derechos humanos, provenientes de diversos países. El uso que se le otorga a este instrumento va más allá de únicamente documentar los casos de tortura, sino también es utilizado para investigar violaciones a derechos humanos, realizar evaluaciones para poder conceder asilo político, así como para brindar protección a quienes han confesado haber sido producto de la tortura, aunado a que ayuda a poner en evidencia este problema y hacer que los responsables no queden impunes.
En México, el Protocolo de Estambul es una pieza fundamental para el trabajo realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, puesto que coadyuva en la investigación de casos de tortura o bien para descartar la comisión del mismo. Constituyen actos de tortura el trabajo forzado, golpizas severas, descargas eléctricas en el cuerpo, impedir que la persona duerma, consuma líquidos y alimentos, así como el asilamiento e incomunicación.
No obstante a lo anterior, aún y cuando existen disposiciones tanto nacionales como internaciones que tiene como objeto prevenir, investigar y sancionar actos de tortura, así como tratos crueles, inhumanos o degradantes, lo cierto es que aún queda mucho trabajo por hacer, por ello para poder erradicar esta conducta delictiva es necesario no solo crear mecanismos que coadyuven a prevenir su comisión, sino también denunciarlo, pues solo de esta manera los autores de este delito no quedaran impunes.














