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La política de las emociones o la de las capacidades


Pensemos juntos
Por Manuel Smith Vázquez | 18 Febrero, 2025
Opinión
La política de las emociones o la de las capacidades

En un sistema político y de ejercicio del poder público en el que se privilegia a las emociones, para decirlo suavemente, por encima de las capacidades y los perfiles profesionales, los resultados no podrán ser mejores que en algún sistema en donde se privilegie o se priorice la capacidad y la virtud. 

Dicho de otra manera, cuando la selección de las personas que se integran al poder público son el resultado de que alguien es el amigo, la amiga, el cercano, la cercana, el copartidista, el que estuvo o no en la campaña, pero no, el que sabe qué debe hacerse, cómo debe hacerse y  que las cosas funcionen para el bien de todas las personas desde el servicio público, entonces el rumbo del estado tenderá a ir a la deriva; a menos por supuesto, que llegue en ese vaivén de las emociones, alguna idealista, algún idealista, con un perfil profesional adecuado. 

Es de extrañarse que, por ejemplo, el concepto de confianza, que es puesto desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y desde la Ley Federal del Trabajo, simplemente no la define, no define un concepto que es totalmente trascendente para el servicio público, la confianza. 

Todo lo que dice es que son de confianza los cargos públicos que están arriba de cierto nivel jerárquico. Los cargos más importantes, pues, son de confianza. 

Si reflexionamos sobre lo que es la confianza desde lo público, no podríamos llegar a la idea de que esta se define por las emociones que sienta el que está más arriba del escalafón hacia quien debajo de él, quiera contratar. Porque sería un contrasentido, la confianza se debe basar en datos y evidencia de la capacidad para el ejercicio de tal o cual cargo público. 

¿Quién es el que debe tener o no confianza sobre alguien en el desempeño de algún cargo público? El pueblo, la población. Pero esa confianza ha de estar respaldada por la capacidad, el conocimiento, las habilidades o calificaciones para el ejercicio de dicho cargo. 

La confianza desde lo constitucional y lo jurídico debe entenderse como confianza en las capacidades, conocimientos, en el apego a la ética profesional de quien ocupe un cargo público y no en la idea, de que es de confianza, por ser amigo solamente, compadre, familiar, copartidario o correligionario.

“Un buen servidor público, debe poseer sabiduría, honestidad y un firme compromiso con el bienestar común. Sin estas virtudes, el poder se convierte en un instrumento de opresión.” Anónimo

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