Derecho al agua, minería y madre tierra
El derecho humano al agua está bajo ataque con la pretensión de eliminar las actividades sustantivas del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, al incorporarlo a la Comisión Nacional del Agua y desaparecer al sindicato y su contrato colectivo. El uso intensivo de agua por parte de la industria minera ha causado daños ambientales a las poblaciones aledañas que pueden perdurar muchos años si no se toman medidas de protección, prevención y remediación como lo exigieron organizaciones ambientalistas ante las recientes reformas a la ley minera. La tierra, el agua y el aire han sido defendidos por los pueblos indígenas durante miles de años y hoy más que nunca en el día mundial de la tierra, se requiere fortalecer una perspectiva ecosocialista que enfrente las políticas extractivistas del capitalismo depredador.
El SITIMTA ha denunciado que mediante la vía de ¡Fasttrack (vía rápida, inmediatamente, …)! ha sido la instrucción del Ejecutivo al Legislativo para extinguir al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua y a otros 17 Organismos Públicos Descentralizados. Sorpresivamente el pasado 18 de abril el Presidente Andrés Manuel López Obrador en la “mañanera” anunció la extinción, incorporación y/o fusión de 18 Organismos Públicos Descentralizados con la misma argumentación de siempre: evitar la corrupción, duplicidad de funciones y ahorro económico para los pobres; poco después se emite a través de la Gaceta Parlamentaria Número 6257-II la iniciativa de dicha pretensión.
Fasttrack ese mismo día, la mesa Directiva de la Cámara de Diputados le da turno a las Comisiones Unidas de “Transparencia y Anticorrupción” y “Gobernación y Población”, con opinión únicamente de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia. En el caso del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), cabe preguntarse ¿acaso no sería conveniente conocer la opinión de al menos las Comisiones de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, Medio Ambiente y, Ciencia, Tecnología e Innovación?
Es evidente que se pretende hacer fasttrack la dictaminación y aprobación de dicha iniciativa antes de que termine el presente periodo legislativo (30 de abril de 2023). Sólo para dar un ejemplo, en el caso del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua analizando las tres premisas de extinción:
Evitar la corrupción: Si se tuviera evidencia de corrupción en el IMTA, sencillamente deberá aplicarse la Ley a las personas que se tienen detectadas, pero no afectar a los trabajadores del conocimiento que desarrollan los proyectos de investigación, tecnología y formación de recursos humanos en el sector hídrico; la administración de los recursos económicos es competencia directa y exclusiva del Coordinador de Administración y el Director General.
Duplicidad de funciones: En la Ley de Aguas Nacionales, el artículo 9 indica las funciones de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) como un organismo operativo-administrativo, en tanto que el artículo 14bis indica las funciones de investigación, desarrollo tecnológico y formación de recursos humanos del IMTA, es decir, es el brazo científico-tecnológico del sector hídrico.
Ahorro económico: El presupuesto anual del IMTA en promedio es de 210 millones de pesos, mientras que para la Conagua en el PEF 2022 se le asignaron más de 70 mil millones de pesos. Por otra parte, el IMTA, como organismo público descentralizado (OPD) tiene personalidad jurídica e INGRESOS propios, que durante los 36 años de trayectoria logró un monto de ingresos autogenerados de 300 millones de pesos en un fideicomiso legalmente constituido y administrado acorde a la Ley de Ciencia y Tecnología, el cual en el 2020 se destinó al “Tren Maya”.
El IMTA como OPD pertenece al apartado A del artículo 123 Constitucional y la Conagua como Organismo Desconcentrado pertenece al apartado B del artículo 123 Constitucional, la extinción e incorporación del IMTA a la Conagua es una flagrante violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal del Trabajo, los convenios 87 y 98 de la OIT y el Contrato Colectivo de Trabajo del IMTA, recientemente LEGITIMADO.
Extinguir e incorporar al IMTA a la Conagua representa: Abrir la puerta a la “Privatización del Agua”. Incrementar la CORRUPCIÓN en la Conagua (Concesiones de agua), ya que está instancia sería “JUEZ Y PARTE” en cualquier controversia hídrica. Actualmente el IMTA es la instancia gubernamental con la capacidad y autoridad científico-tecnológica para emitir un dictamen que garantice el respeto a la Ley y la protección del medio ambiente. Pérdida económica y de conocimiento, con afectaciones incalculables porque se perderán 36 años de experiencia y trayectoria del Instituto, que dejará de ser el referente latinoamericano del sector hídrico. Dependencia del extranjero en materia de conocimiento, ciencia, tecnología e innovación del sector hídrico.
Los trabajadores del sector hídrico solicitamos respetuosamente que el Lic. Andrés Manuel López Obrador cumpla con lo que ha manifestado reiteradamente: “El pueblo es sabio, hay que escucharlo”.Escuche a los trabajadores del conocimiento del sector hídrico. “Los sindicatos y sus contratos colectivos de trabajo son sagrados”. Por todo ello, concluyen exigiendo el respeto irrestricto al Contrato Colectivo de Trabajo y al Sindicato del IMTA, para lo cual han emprendido una serie de acciones con el apoyo de las organizaciones sindicales y sociales del Pacto Morelos por la Soberanía Alimentaria y Energética. Todo lo anterior, aunado a la aprobación de la ley minera sin incluir todas las medidas de protección, prenden las señales de alerta y obligan a fortalecer la lucha unitaria este próximo primero de mayo.
*IR