Pactos de voto, sindicatos de dirigentes, fideicomisos electorales y acreedores politicos = coaliciones

Pactos de voto, sindicatos de dirigentes, fideicomisos electorales y acreedores politicos = coaliciones
Miguel Arcadio Cruz Vie, 23/08/2024 - 08:45

Se entiende por convenio, el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. Los convenios, por definición legal, tienen una función limitada.
Ahora bien, los partidos políticos como entidades de interés público, tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo a los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.
Con estos antecedentes, debo decir que el avance electoral permite ya,  formar a los partidos políticos, las coaliciones, a fin de postular en forma común a los mismos candidatos en las elecciones en que participen, a través de la celebración de un convenio por dos o más partidos políticos, instrumento que debe registrarse ante la autoridad electoral y el mismo, quedará sin efecto concluida la calificación de las elecciones para las que se hayan coaligado.
En su participación, los partidos políticos coaligados deben actuar como un solo partido, gozando de una sola representación, y disfrutando del financiamiento público que se otorga como apoyo de gastos de campaña como si se tratara de un solo partido político.
Los requisitos de ello, acreditar que la coalición fue aprobada por la asamblea estatal u órgano competente de cada partido de conformidad a sus estatutos. Siendo importante, comprobar que los órganos partidistas competentes aprobaron contender bajo la declaración de principios, programa de acción y estatutos que la coalición haya adoptado o bajo la declaración de principios, programa de acción y estatutos de uno de los partidos políticos coaligados, como también su plataforma electoral.
Bajo este contexto, resulta inconcebible que hoy día, los convenios de coalición se estén celebrando entre partidos políticos que ofrecen y responden a necesidades, intereses y deseos distintos, pero sobretodo que ven desde su perspectiva a un México diferente.
Resulta inconcebible que no se atienda a la ideología, programa de acción, estatutos y código de ética partidaria de cada uno de los partidos coaligados, y que no se atienda a la esencia y al perfil de cada uno, pero tampoco se atienda a la incorporación de los valores de sus historias y conforme a los principios que le dieron vida a cada uno, pues en su afán de llegar al poder, renuncian a seguir honrándola.
Llegar al poder así, es llegar al poder por el poder mismo, lo cual hace de la cosa política una actividad que adolece de ética, de tal manera, que no se honra con el mandato de la militancia, y de la filosofía del partido.
Es incongruente y contradictorio que se asocien partidos que no  conciben de manera igual a la libertad, a la soberanía y a la justicia, y tampoco tienen los mismos anhelos, cuando  una coalición debiera ser en algún punto homogénea en su composición.
Con el uso y abuso de ésta figura jurídica electoral, se rompe el principio de la unidad de voto, porque se llega a especular si con un candidato de uno de los partidos coaligados se emite el voto en un sentido y con los restantes en otro sentido o por el contrario están obligados a votar siempre en un mismo sentido, lo que resulta ser promiscuo. Se atrae también un conflicto de intereses, porque participan en elecciones y ejercitan el voto cuando se ocupan de conocer y resolver respecto de una elección en que tienen un interés contrario al propio partido. A mi juicio, debe existir una prohibición legal como  consecuencia del deber de lealtad que tienen los militantes y dirigentes de un partido hacia el propio partido.
Las coaliciones, hoy día, se buscan más por los partidos “familiares o cerrados” en los que los puestos recaen en unos cuantos miembros de dicha familia, quienes a la postre resultan ser candidatos a puestos de elección popular. Aparentemente, no se produce conflicto alguno, puesto que se reúnen en las mismas personas calidades de miembros, militantes y dirigentes, y no resulta conflicto,  porque son dominantes y controladores, abusando de la inmunidad de responsabilidad que les conceden los estatutos hechos y acomodados a sus propios intereses, de tal suerte que celebrando las coaliciones aseguran su supervivencia política y económica, porque con ellas acceden con mayor facilidad al poder, rompiendo el principio democrático que, en teoría afirma que un  partido político es una institución democrática en la que no tiene cabida ni el voto privilegiado ni las cortapisas en el cumplimiento de su objeto social.
A mayor abundamiento, las coaliciones restringen la libertad y los derechos políticos de los militantes de cada partido interesado en ellas, porque resultan ser candidatos en muchas de las veces, aquellos que fueron propuestos por él o los partidos ajenos, y no por el propio.
Es más, no se defienden los intereses del partido o partidos, sino los intereses de grupos controladores, formando con ello, sindicatos de dirigentes, fideicomisos electorales, pactos de voto y acreedores políticos.
Las coaliciones, no deben dar a lugar a abusos, sino al contrario deben cumplir con el principio de la subordinación de la voluntad o ley de mayoría.
He dicho.

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