¿Es posible cerrar una calle en Cuernavaca por la inseguridad?

Hechos y derechos

La inseguridad pública ha llevado a los habitantes de Cuernavaca a tomar medidas extremas para protegerse. Una de estas medidas es el cierre de calles, una práctica que ha generado controversia debido a su aparente prohibición absoluta. 
En Cuernavaca, la colocación de rejas en las calles es una respuesta a la creciente inseguridad, sin embargo, esta práctica está prohibida por la regulación municipal, es decir, no puede cerrarse una calle de forma absoluta, sin embargo, ¿porqué hay muchas calles cerradas de forma completa, con rejas de metal?, no le ha pasado que tiene que tomar otra ruta para llegar a su destino, generalmente llegando a una caseta de vigilancia si es que quiere ingresar al domicilio que se encuentra en el interior de dicha calle “privada”.
El debate es sobre la colisión de dos derechos humanos, el primero al libre tránsito de las personas que se consagra en el artículo 11 de la Constitución. El segundo, la seguridad de las personas que habitan en dicha “calle”, establecida en los artículos 21 y 115 de la Constitución. Ambos derechos humanos tienen la misma importancia y por tanto uno no puede prevalecer sobre el otro, pues así lo señala el artículo primero constitucional, al referirse como universales, interdependientes e indivisibles. 
De allí entonces resulta necesario realizar un ejercicio de ponderación para buscar la armonización y coexistencia de ambos derechos, partiendo de la premisa que no son ni pueden ser considerados como absolutos, ya que su ejercicio se encuentra limitado por otros derechos humanos, ante lo cual, su ejercicio debe articularse para coexistir.
En ese sentido entonces, las autoridades municipales de referencia, ante la grave inseguridad en que se encuentran expuesto los ciudadanos en sus domicilios, propiedades y familia en su caso, deben crearse disposiciones administrativas que permitan la instalación y permanencia de controles de acceso y/o casetas de vigilancia y el cierre de calles o vialidades de manera clara y precisa, a fin de proporcionar seguridad jurídica a las personas. Es decir, que no se limite la libertad de tránsito de forma absoluta, sino simplemente que se verifique quien, y por qué ingresa, esto para establecer filtros de seguridad a través de empresas de seguridad privada, debidamente registradas en el que se respeten los derechos humanos y demás normativa al respecto.
¿Qué es mejor, que los vecinos hagan justicia en sus propias manos, instalando rejas sin la debida autorización o supervisión.?
En última instancia, la seguridad de los ciudadanos de Cuernavaca debe ser una prioridad. Sin embargo, la solución no debe ser a expensas del derecho al libre tránsito y la inclusión social. Es necesario encontrar un equilibrio entre la seguridad y la libertad, y eso comienza con una regulación clara y justa.
Si usted está interesado en hacer una solicitud ante el Ayuntamiento de Cuernavaca para establecer un filtro de seguridad cumpliendo con los precedentes legales existentes, nosotros le ayudamos.

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