Sanciones a quienes coloquen propaganda en Cuernavaca, incluyendo política

Quienes contaminen visualmente en Cuernavaca con propaganda de toda índole, incluyendo la política, serán sancionados por el Ayuntamiento

Quienes contaminen visualmente en Cuernavaca con propaganda de toda índole, incluyendo la política, serán sancionados por el Ayuntamiento, afirmó el secretario general, Carlos de la Rosa Segura, y más aún, serán puestas a disposición de las autoridades, se les aplicarán sanciones y su publicidad será retirada.

Puntualizó que está estrictamente prohibida la colocación de anuncios o propaganda de cualquier índole en mobiliario urbano, y refirió que incluso al inicio de la administración se emprendió una labor titánica para retirar cualquier tipo de publicidad y limpiar la ciudad. Ahora, nuevamente se hace el llamado a la ciudadanía, empresas, comercios, funcionarios, aspirantes y partidos políticos, a respetar la ley y no utilizar el mobiliario urbano, como postes, bardas e incluso árboles para colocar publicidad de cualquier índole y mucho menos en materia política.

Este tipo de publicidad, dijo, no sólo contamina la imagen urbana, sino que eventualmente se convierte en basura que ocasionar taponamientos en drenajes y alcantarillas al caerse, afectando severamente a la población, además de que la colecta de todo este tipo de materiales representa un tonelaje mayor al que el Ayuntamiento tiene contratado con las empresas de limpia que dan servicio a la ciudad.

 

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El artículo 79 fracción XX del Reglamento de Gobierno y el artículo 130 del Reglamento de Anuncios para el municipio de Cuernavaca establecen que es atribución de la Dirección General de Desarrollo Urbano autorizar la instalación de estructuras para anuncios internos y externos en predios y en vía pública en los términos que señalen los reglamentos respectivos y la legislación ambiental, tanto general como del Centro Histórico o polígonos especiales, expidiendo la licencia respectiva, y ordenar su retiro cuando no cumplan con la normatividad aplicable, respetando otras disposiciones en derechos de vía estatal o federal.

 

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En el caso de la propaganda electoral, el artículo 8 del citado ordenamiento legal refiere que se estará a lo dispuesto por el Código Electoral del Estado y demás disposiciones de la materia. Los anuncios de carácter electoral deben ser retirados en los términos señalados por la ley y los procedimientos electorales, de lo contrario lo hará el Ayuntamiento con costo para el partido u organización política respectiva, con independencia de la responsabilidad en que pudiere incurrir por daños y perjuicios ocasionados al municipio.

También se exhortó al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC) a la revisión y proceda legalmente, en especial cuando gran parte de esa publicidad ha sido de aspirantes a cargos de elección popular de partidos políticos, puesto que incluso esto podría aumentar por la temporada electoral que se vivirá a nivel estatal y nacional.