Para salvaguardar el orden y paz interior de cualquier Estado, se ha hecho necesaria la creación de leyes que coadyuven a establecer un estado de derecho, en el que la vigencia de las garantías y derechos fundamentales sea una realidad; esto por medio de la organización y en especial la legitimación de los poderes públicos, cuya principal finalidad es lograr el bien común de la población gobernada.
Dentro de los esfuerzos realizados por los representantes del poder público, por dotar de certeza y certidumbre a la ciudadanía sobre las actividades que son llevadas a cabo en su función, se he tenido a bien insertar en los estados democráticos un acceso efectivo a la información pública; garantía con la cual se pretende que cualquier ciudadano sin distinción alguna pueda obtener información, informar y ser informado, sobre las actividades que tiene a bien desarrollar la autoridad correspondiente, las cuales deben ser acordes al encargo que tenga encomendado.
Cabe señalar al respecto que el máximo organismo jurisdiccional de nuestro país, ha destacado que el acceso a la información es un derecho central del estado constitucional, con dos facetas, ya que por un lado, asegura a las personas espacios esenciales para el despliegue de su autonomía y por otro goza de una vertiente pública, colectiva o institucional que lo convierte en pieza básica para el adecuado funcionamiento de la democracia representativa. Como podemos observar la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha concebido al derecho a la información como un cimiento de la democracia y con ello un aspecto de fortalecimiento del estado de derecho.
En el aspecto respetivo a la impartición de justicia, es necesario establecer dos vertientes sobre las que tendrá que ser observado el acceso a la información de justicia; el primero de ellos, de carácter administrativo en el que los gobernados puedan conocer entre otros temas: la preparación educativa con que cuentan los juzgadores, así como la carrera judicial que han llevado a cabo, los resultados de las pruebas de evaluación que les sean practicadas, las funciones bajo las cuales se desempeña, así como los resultados obtenidos a lo largo del encargo; todos estos aspectos con la finalidad de que el ciudadano cuente con las herramientas suficientes que fortalezcan una verdadera credibilidad y a su vez le otorguen legitimidad a las decisiones que en el ejercicio de sus funciones la autoridad emita.
Por otra parte, encontramos el aspecto jurisdiccional en el cual la autoridad tiene la obligación de dar a conocer la forma y los medios por los cuales determina dictar una resolución, además llevando a cabo las discusiones de una manera pública con la finalidad de otorgar certeza a el o los sentenciados de que la resolución tomada obedece a las disposiciones que al caso concreto debieron establecerse. En este orden de ideas, es necesario que las resoluciones relevantes, se den a conocer a la población por medio del uso de las nuevas tecnologías, es decir, se logre su publicación digital.
Concluyendo que el acceso a la información dentro de los órganos jurisdiccionales, es una realidad que hoy no podemos negar y es necesario otorgar de herramientas que sean eficaces y factibles para su realización por parte de la población mexicano, ya que con esto se logrará consolidar la democracia del país y por ende el futuro del mismo.
Tal acceso a la información en el contexto jurisdiccional cobra una especial relevancia, puesto que independientemente de que se tenga o no la calidad de parte en un juicio, lo cierto es que cualquier persona tiene derecho a conocer información estadística sobre la administración de justicia, incluyendo para ello, temas administrativos, como el pago de finiquitos o de haber por retiro de los Magistrados y Magistradas.
La información es un tesoro en manos del Estado, en el que sus límites deben ser restrictivos y en todo caso, privilegiar como derecho su máxima progresividad.