Violaron el estado de derecho en la detención del fiscal de Morelos: jurisconsultos

El Colegio de Postulantes de Morelos, condenó “los actos ilegales desplegados y disfrazados de justicia realizados”

El Consejo Directivo del Colegio de Postulantes de Morelos A.C., condenaron “los actos ilegales desplegados y disfrazados de justicia realizados por la Fiscalía General de la Ciudad de México, el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de México, en total contubernio con el Gobierno del Estado de Morelos”.

El organismo exigimos el respeto al debido proceso, a la autonomía de las instituciones y ante todo se respete la presunción de inocencia del Fiscal del Estado de Morelos Uriel Carmona Gándara.

Tras desarrollar un análisis del proceso en el que se dio la orden de aprehensión y la vinculación a proceso del Fiscal de Morelos, el organismo refirió que las autoridades de la Fiscalías General de la Republica, de la ciudad de México y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en conjunto con autoridades del Gobierno del Estado de Morelos; “violaron flagrantemente el Estado de Derecho al no respetar la autonomía, la soberanía e independencia de nuestro Estado y autoridades, en específico del Fiscal General del Estado de Morelos, actuando como si formaran parte de una misma entidad, es decir la ciudad de México”.

 

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Se violó flagrantemente la investidura del Fiscal General del Estado de Morelos, quien aun contando con fuero así como de autonomía constitucional, fue detenido arbitrariamente con el uso excesivo de violencia y fuerza, tanto a él como a su familia, sometiéndolo indebidamente a un proceso, acusado por delitos contra la procuración y administración de justicia relacionados con el caso del feminicidio de la persona que llevara el nombre de “Ariadna Fernanda”.

Con éstos actos, refiere el análisis, se violó flagrantemente el debido proceso, la autonomía de la propia Fiscalía y su titular; se transgredió con ello lo estipulado por artículo 102 Constitucional, que señala en el apartado “B”,

Cita que el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán organismos de protección de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, los que conocerán de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o servidor público, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos derechos”.

Por lo que, si es el caso que, si existía una queja u omisión en contra del titular de la Fiscalía, debió ser el Congreso local quién determinara la responsabilidad, para que en su caso se procediera a dictar recomendaciones públicas, no vinculatorias, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas. Siendo el caso que para actos u omisiones que violen  derechos humanos, es la autoridad Federal a quien corresponde resolver y no a un tribunal local como lo es el de la ciudad de México”, se lee en el texto.