DA IMPEPAC LUZ VERDE A DENUNCIA POR VIOLENCIA DE GÉNERO EN CONTRA DE ULISES BRAVO

El Instituto Nacional Electoral (INE) turno mediante el expediente 2015/2023 el Procedimiento Especial Sancionador en contra del presidente del Comité Directivo Estatal de MORENA, Ulises Bravo que ñ semanas atrás utilizó medios "pagados" y en redes sociales haciendo una campaña de difamación, denostación y desprestigio contra la Secretaría de Organizacion, María de la Luz Villa Figueroa.

El Instituto Nacional Electoral (INE) turno mediante el expediente 2015/2023 el Procedimiento Especial Sancionador en contra del presidente del Comité Directivo Estatal de MORENA, Ulises Bravo que ñ semanas atrás utilizó medios "pagados" y en redes sociales haciendo una campaña de difamación, denostación y desprestigio contra la Secretaría de Organizacion, María de la Luz Villa Figueroa.

 

Tras tener el resolutivo, el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC), dictó medidas cautelares de protección en pro de la correligionaria agraviada "le está negando el acceso a las instalaciones del partido MORENA, no puede acercarse a la secretaria, no puede hacer ningún comentario en contra de ella; que no puede publicar nada en redes sociales ni en medios ningún acto que vulnere sus derechos políticos y de su equipo".

 

Así lo comentó el Coordinador Territorial de ese instituto político, Arnulfo Montes Cuén, esté reculó la pregunta de que sea una vendetta política o fuego amigo entre la militancia "guinda", producto del divisionismo interno, el apercibimiento lo considero como un acto de la dignificación de la mujer, que celebran la equidad género y la multicitan de proteger al género pero nadie hace nada, subrayó.

 

"Esté resolutivo es un hecho contundente que marcará historia en la vida política de Morelos, para que nunca más alguien que se auto diga líder de un partido (Ulises Bravo) pueda agredir a una mujer de una forma tan absurda y abusiva".

 

Montes Cuén afirmó que el señalado se le ha intentado notificar en persona pero esté se rehúsa por lo cual el IMPEPAC determinó que se proceda al conocimiento del apercibido vía correo electrónico o vía telefónica de lo contrario el segundo procedimiento en caso de renuencia o rebeldía será una cuantiosa multa económica por omisión a la autoridad competente.

 

"El señor simplemente se niega a recibir la notificación, no quiere defenderse pero eso irá en su contra porque será boletinado ante la Padrón Nacional de Agresores en contra de las Mujeres, lo cual le impediría participar en la contienda electoral", acotó.