Absuelve el TEPJF a periodista en litigio con Juanita Guerra

La legisladora morenista Juanita Guerra, se dijo agredida con la difusión de un video en redes sociales en el que se resaltaba de ella, una relación sentimental

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) absolvió al periodista morelense, Luis Pablo Carrillo Manjarrez, de incurrir en violencia política en razón género y recalcó que las personas políticas deben tener mayor tolerancia a la crítica fuerte, el mensaje fue dirigido a la Diputada Federal que interpuso el recurso contra el comunicador.

 

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Al resolver el recurso de revisión SUP-REP-307/2022, por mayoría, el Pleno de la Sala Superior del TEPJF revocó la sentencia de la Sala Especializada que había sancionado al periodista con cuatro años de inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por supuestamente haber agredido a la entonces candidata y hoy reelecta diputada federal, Juanita Guerra, con la difusión de un video en redes sociales en el que se resaltaba una relación sentimental de la legisladora morenista. Además, lo sentenció a ofrecer una disculpa pública y reparar el supuesto daño.

El máximo tribunal electoral del país, al analizar el caso, determinó la inexistencia de la violencia política denunciada, debido a que el video se difundió en una página digital periodística que buscaba informar noticias a la comunidad; el contenido transmitió un hecho que era público, sin la utilización de estereotipos, lenguaje sexista, ni la afectación de los derechos político-electorales de la candidata, por lo que estaba amparado en la labor periodística;  y estimó no se asignado un rol, una característica o un valor a la entonces candidata denunciante, Juanita Guerra, a partir de su sexo o su género, ni la colocó en una posición inferior.

 

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La resolución reiteró el criterio de que las personas políticas y, sobre todo en el contexto de las campañas, deben tener mayor tolerancia a la crítica fuerte. Por tal razón, revocó la resolución de la Sala Especializada y absolvió al comunicador.

(Con información de Sur Digital)

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