Este 18 de enero concluyó el periodo para la transición del desuso de plásticos de un solo uso, así lo dio a conocer la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS).
De esta forma en Morelos se debe dejar de utilizar o producir de manera paulatina los plásticos de un solo uso, como las bolsas desechables, los empleados para cubrir y envolver alimentos, popotes, recipientes unicel, y de otro derivado del petróleo.
Lo anterior, de acuerdo a los establecido en el Decreto 451 emitido por el Congreso de Morelos que se reformó y adicionó el 17 de enero de 2020, diversas disposiciones de la Ley de Residuos Sólidos y de la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ambas del Estado de Morelos.
El Decreto 451 establece multas que las autoridades de los 36 municipios de Morelos podrán aplicar por el incumplimiento, las cuales pueden oscilar entre los 448 pesos hasta ocho mil 80 pesos para los pequeños comercios y de 448 mil 100 pesos a dos millones 240 mil pesos para los establecimientos mercantiles de mayoreo como los supermercados, tiendas departamentales, tiendas de autoservicio, de conveniencia, restaurantes y farmacias.
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La SDS, informó que las dependencias y entidades de los tres poderes de Gobierno del Estado, organismos autónomos del Estado, gobiernos municipales y sus órganos descentralizados están obligados a cumplir con lo establecido en el mandato; excepto cuando la adquisición y distribución de los mismos sea destinada con fines médicos o de atención humanitaria.
La prohibición que de igual forma aplica a los productores, comercializadores y distribuidores de plásticos de un solo uso, inició desde el año pasado para los establecimientos mercantiles de mayoreo como los supermercados, tiendas departamentales, tiendas de autoservicio y de convivencia, restaurantes y farmacias, quienes a su vez debieron haber presentado un plan de sustitución de bolsas plásticas desechables, popotes plásticos, entre otros.
A partir del 18 de enero de 2022 los pequeños y medianos comercios, tiendas, abarrotes, fruterías, verdulerías, fondas de comida, loncherías, cafeterías, cocinas económicas, taquerías, así como el comercio ambulante fijo y semifijo tienen prohibido el uso y distribución gratuita u onerosa de los plásticos de un solo uso.
No obstante que el Decreto también contempla el otorgamiento de estímulos e incentivos económicos a quienes realicen acciones tendientes a la sustitución y aportación de alternativas viables con el fin de procurar la protección, aprovechamiento sustentable, preservación y restauración del equilibrio ecológico.
Ante la entrada en vigor por completo del decreto con sus reformas y adiciones, la SDS recomienda planear las compras en supermercados y mercados, llevando recipientes donde puedan despachar los alimentos; usar canastas o bolsas de mandado elaboradas con zacate, algodón o nailon.
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Comprar a granel, debido a que es más económico y no se generan residuos de empaques al llevar recipientes propios, como frascos o cucuruchos de papel periódico; preferir lavar que desechar utilizando en fiestas y días de campo utensilios lavables. Para las bebidas en la escuela o en el trabajo se recomienda usar recipientes que también se puedan reutilizar.
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