El Fondo de Pensiones para el Bienestar

Hechos y Derechos

La Cámara de Diputados de México aprobó el pasado 23 de Abril la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, una medida que ha generado diversas opiniones entre expertos y ciudadanos. A continuación, presentamos un análisis que recoge las diferentes perspectivas sobre este importante tema.
Antecedentes y Objetivos. El Fondo de Pensiones para el Bienestar fue aprobado con la intención de garantizar una pensión digna para todos los ciudadanos. Se busca complementar las pensiones de los trabajadores afiliados al IMSS y al ISSSTE que comenzaron a cotizar desde Julio de 1997 y se jubilen a partir de los 65 años de edad bajo el sistema de las administradoras del fondo de ahorro para el retiro (AFORES). 
Financiamiento del Fondo. El financiamiento del fondo provendrá de diversas fuentes, incluyendo las cuentas de AFORES de trabajadores mayores de 70 años que no hayan solicitado la devolución de sus saldos, así como de incautaciones del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado y de utilidades de entidades paraestatales. Se espera recolectar un total de 40.000 millones de pesos por este medio.
Perspectivas a favor. Los defensores de la reforma argumentan que el fondo es un paso necesario para mejorar las condiciones de vida de los jubilados, asegurando que reciban una pensión suficiente para cubrir sus necesidades básicas. Además, destacan que el fondo podría ayudar a reducir la desigualdad económica entre los adultos mayores.
Críticas y Preocupaciones. Por otro lado, hay quienes expresan preocupación sobre la viabilidad a largo plazo del fondo, cuestionando la sustentabilidad de su financiamiento y la transparencia en la administración de los recursos. Algunos expertos advierten sobre el riesgo de que el fondo pueda afectar negativamente a las AFORES y, por ende, a los ahorros de los trabajadores.
Hoy en día, las AFORES administran más del 20% del PIB de México, convirtiéndose en un pilar para el ahorro interno y la seguridad financiera de los trabajadores y sus familias. Además, el sistema ha ganado reconocimiento internacional por su digitalización y democratización del ahorro. ¿No cree que ese dinero es una gran tentación para el Gobierno Federal?, usted tiene la mejor opinión.
¿De dónde provienen las AFORES?, fue instaurado en 1997, con la entrada en vigor de la nueva Ley del Seguro Social. Este cambio representó una transformación del sistema pensionario del IMSS, pasando de un esquema de reparto a uno de cuentas individuales administradas por instituciones financieras privadas y una del Estado. Es decir, cada trabajador(a) ahorra en su vida laboral y ese dinero sirve para financiar su pensión. A diferencia del sistema anterior en donde los trabajadores (as) activos financiaban la pensión de los inactivos. Pero ¿que son las AFORES?, son entidades financieras privadas autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, reguladas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), dedicadas a administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores. El dinero acumulado en las cuentas de AFORE, son propiedad de los trabajadores que han realizado aportaciones a lo largo de su vida laboral. 
Estas aportaciones provienen de tres fuentes principales: a) el trabajador, un porcentaje de su salario se destina a su cuenta de AFORE; b) el empleador, empresa para la que trabaja contribuye con una parte y c) el gobierno federal aporta otra fracción para completar el ahorro. Si el trabajador (a) se pensiona el dinero financia su pensión y si hay remanente debe entregársele. 
El punto importante es que pasa sino se pensiona el trabajador (a) o hay un remanente, la ley establece que los recursos que administran las AFORES son imprescriptibles, lo que significa que los trabajadores mantienen siempre el derecho sobre ellos, independientemente de su edad pues exactamente ese dinero se encuentra en su cuenta individual. 
Incluso si una persona tiene más de 70 años, ella o sus beneficiarios pueden reclamar estos recursos en cualquier momento. Por otro lado, si el trabajador (a) fallece, existen reglas claras sobre quién puede reclamar los fondos de su AFORE. Los beneficiarios pueden ser: 1. La viuda o el viudo con dependencia económica del trabajador; 2. los hijos menores de 16 años o mayores de esta edad si no pueden mantenerse por sí mismos y 3. los hijos entre 16 y 25 años que estén estudiando. Es decir, el dinero sigue siendo de los trabajador (a) aún cuando haya fallecido. Para ello debe tramitarse un juicio especial de reconocimiento de beneficiario para quien o quienes se declaren puedan reclamarlo. 
El dinero de las AFORES es, sin duda, propiedad de los trabajadores que han contribuido a su cuenta individual. Es esencial que los trabajadores estén informados sobre cómo se manejan estos fondos y cuáles son sus derechos respecto a ellos. La transparencia y la educación financiera serán claves para asegurar que los trabajadores (as) puedan disfrutar de un retiro digno y seguro. 
Si usted quiere recuperar su AFORE o tiene un familiar fallecido en esa situación, estamos para ayudarle.

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