El Servicio de Administración Tributaria (SAT) exhortó a las personas morales a presentar su declaración anual 2023.
La fecha límite es el 1 de abril para presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas morales que tributan, entre otros, en el Régimen General y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Para facilitar el cumplimiento de la obligación, el SAT realizó actualizaciones y mejoras al sistema, informó en rueda de prensa Manuel López Chávez, Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente
Entre los cambios, están el poder agregarse las pérdidas fiscales por amortizar, que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021.
Ahora se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.
Además, se eliminan los estados financieros "Estado de flujo de efectivo" y "Estado de cambios en el capital variable".
Se realiza la precarga de la información de los estados financieros que permanecen presentados en el ejercicio inmediato anterior.
Hay una adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2023, y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, en los formularios tanto del Régimen General como RESICO.
Asimismo, hay una reducción del formato de impresión para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas; y se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la declaración anual.