En México, existen 446 centros penitenciarios, de los cuales únicamente 11 son exclusivos para mujeres, esto habla de las condiciones en que viven las mujeres privadas de libertad al interior de los centros penitenciarios al tener que habitar en penales en situación de hacinamiento y con falta de separación entre hombre y mujeres.
Por otra parte, debemos precisar que en la actualidad los centros penitenciarios de México, no cumplen con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como tampoco lo estipulado en las reglas básicas para el tratamiento de reclusos señalado por la ONU, dado que, en primer lugar establecen que debe existir una división entre procesados y condenados, así como debe haberla entre hombres y mujeres, también debe tener como objetivo lograr la reinserción social, mediante la capacitación para el trabajo, la Educación, y el deporte; situación que en la actualidad no se ha cumplido.
Aunado a lo anterior, debemos establecer que en muchos de los procesos judiciales que se llevan a cabo en contra de las mujeres que se encuentra privadas de su libertad, carecen de una debida defensa, puesto que se ha omitido juzgar a las mismas bajo una perspectiva de género, o simplemente llevan una defensa deficiente; lo anterior es así, ya que muchas de las mujeres reclusas son olvidadas por sus abogados.
Es por ello, que ante la indebida defensa de las reclusas, así como el olvido por parte de sus defensas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se comprometió a revisar todos los casos de las mujeres recluidas, con la finalidad de poder auxiliar en su debida defensa por medio de la Defensoría Pública Federal.
Ante dicho compromiso, y con la finalidad de cumplir con el mismo, en fechas recientes la Defensoría Pública logro la liberación de una reclusa mediante la reducción de la pena.
Si bien es cierto, nuestras autoridades han buscado salvaguardar los de las mujeres privadas de su liberta, no menos cierto es que aún falta un largo camino para lograr mejores resultados.
En conclusión resulta necesario que las mujeres sean sujetos de medidas afirmativas que permitan el goce y respeto de todos sus derechos aun cuando se encuentren privadas de la libertad, hacer visible que presentan modos de violencia y discriminación, por lo cual el Estado debe estar en una posición de especial garante de derecho.
*IR