La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 54/2022 contra el titular de la Fiscalía General del Estado, Uriel Carmona Gándara, por la deficiente investigación de los hechos relacionados con el suicidio de una mujer con discapacidad psicosocial en el Centro Federal de Readaptación Social Femenil (CEFERESO) 16 ubicado en Coatlan del Río.
La recomendación también va dirigida al Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS), José Ángel Ávila Pérez.
Este Organismo Autónomo inició una queja de oficio el 19 de agosto de 2020, al tener conocimiento de información publicada en una red social, en cual se hacía referencia al suicidio de una mujer privada de la libertad, quien previamente había sido trasladada de un centro penitenciario del estado de Chihuahua al referido CEFERESO, ubicado en Coatlán del Río, Morelos.
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A su ingreso al penal federal, la víctima fue diagnosticada con trastorno de ansiedad, depresión mayor, huellas en antebrazo y cuello de autoagresión, sin que las autoridades del lugar tomaran medidas para atender su condición adecuadamente y tampoco implementaron ajustes para facilitar la comunicación con sus familiares, quienes residían en Chihuahua, lo que impactó negativamente su estado de salud y provocó que, en mayo de ese año, atentara contra su integridad física.
Posterior a ese hecho, se le ubicó sola con tratamiento psiquiátrico en una estancia sin analizar el impacto de tal determinación y sin supervisión permanente, omisiones que finalmente provocaron que el 14 de agosto de 2020 se quitara la vida, lo que se enmarca en un contexto de discriminación que le provocaron sufrimiento, por lo que la CNDH consideró que era deber de la autoridad penitenciaria contar con datos médicos, psicológicos y sociales de la víctima para detectar sus necesidades específicas y desarrollar mecanismos para el tratamiento de la discapacidad psicosocial con que vivía.
Por su parte, la FGE Morelos incurrió en diversas irregularidades como la omisión de investigar los hechos con perspectiva de género; entregar el cuerpo de la persona fallecida en estado de descomposición por el mal funcionamiento del equipo de refrigeración vulnerando así la debida diligencia y el derecho de las víctimas a ser tratadas con dignidad-; no desarrollar acciones para descartar posibles actos de maltrato físico y psicológico ni solicitar la designación de un familiar para proporcionar información sobre las indagatorias.