Cuáles son las OBLIGACIONES del patrón con la nueva Ley Home Office
El pasado martes, entró en vigor la nueva NOM-037-STPS-2023, donde se especifican las condiciones de seguridad y trabajo del home office o teletrabajo, las cuales incluyen desde el pago de la utilización de tu conexión a internet, luz y hasta respetar los horarios de jornada laboral.
Cabe recordar que, desde el pasado 9 de junio se publico en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley Federal del Trabajo de enero de 2021, se establece que todos los centros de trabajo con personas que laboren más de 40 por ciento de su tiempo bajo home office deben cumplir con las siguientes obligaciones:
- Proveer las herramientas necesarias para su desempeño, incluyendo silla ergonómica, aditamentos ergonómicos, de ser necesario.
- Pagar el consumo proporcional de Internet, luz para la computadora, tableta, teléfono celular inteligente, impresora y tinta en caso de utilizar.
- Asegurarse que el lugar donde se labora sea seguro, ventilado e iluminado.
Te puede interesar: Senado aprueba reforma para consolidar la federalización de los recursos de salud en IMSS-Bienestar
- Dar seguimiento a las condiciones de seguridad e higiene.
- No diferenciar con los que trabajan de manera presencial por lo que se respeta su derecho.
- Determinar mecanismos de comunicación y reglas de contacto entre el patrón y los empleados.
- El teletrabajo o home office es reversible cuando no hay condiciones para realizar su trabajo a distancia o porque convenga al trabajador.
La norma establece que se deben respetar los horarios de la jornada laboral para cumplir con el Derecho a la desconexión, es decir, los empleados no podrán participar en reuniones o hacer uso de equipos de cómputo o similares en vacaciones, permisos y licencias.
Violencia de género a madres lactantes por home office
Asimismo, la NOM solicitó una evaluación con perspectiva de género, en caso de ser necesario establecer protecciones especiales para personas o mujeres que sufran violencia en el hogar.
Reconocer el derecho de las mujeres en el periodo de lactancia a tener una pausa para alimentar a sus hijos o realizar la extracción de leche.
Con información de El Universal
*ARD